Arraigo socio-laboral
Llevas 2 años en España y tienes un contrato de trabajo.
Para quién: Quien está en situación irregular, lleva al menos 2 años en España y consigue un contrato de trabajo de un empleador aquí.
Lo que te piden
Requiere acreditar 2 años de permanencia continuada en España y uno o varios contratos de trabajo firmados que sumen al menos 20 horas semanales. Desde la admisión a trámite obtienes ya una autorización provisional para trabajar, sin esperar a la resolución.
- Al menos 2 años de permanencia continuada en España antes de solicitar, con ausencias que no superen los 90 días naturales
- Uno o varios contratos de trabajo firmados por empleador y trabajador que sumen al menos 20 horas semanales en cómputo global
- Retribución de al menos el SMI o el salario del convenio colectivo aplicable
- Que el empleador esté al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y tenga medios suficientes
- No tener antecedentes penales en España ni en los países de residencia de los últimos 5 años
- No ser solicitante de protección internacional con expediente pendiente, y no tener ya una autorización de residencia
Los papeles, uno a uno
- Impreso EX-10 cumplimentado y firmado
- Pruebas de permanencia (empadronamiento, informes médicos, contrato de arrendamiento, documentación administrativa…)
- Pasaporte en vigor (copia íntegra)
- Contrato o contratos de trabajo firmados
- Documentación de solvencia del empleador (IVA, IRPF, estar al corriente con la Seguridad Social)
- Certificado de antecedentes penales del país de origen
Hoja informativa oficial de este procedimiento
Lo que cambia según tu país
- Argentina
- Brasil
- Colombia
- República Dominicana
- Ecuador
- Honduras
- Nicaragua
- Paraguay
- Perú
- Venezuela
- Marruecos
- Argelia
- Egipto
- Senegal
- Guinea Ecuatorial
- Reino Unido
- Andorra
Información orientativa. Los contenidos mostrados son una guía y deben contrastarse con las fuentes oficiales. Los tiempos pueden variar según el expediente y la administración competente. Esta plataforma no sustituye asesoramiento jurídico individual.