Contrato en origen
Un empleador en España te ofrece un contrato para venir a trabajar.
Para quién: Quien no tiene familiares españoles/comunitarios ni viene a estudiar, y consigue que una empresa en España le ofrezca un contrato.
Lo que te piden
Es la vía para venir a trabajar desde tu país sin estudiar y sin familiares españoles/comunitarios: una empresa en España presenta y sostiene la solicitud por ti. El caso típico es el de un familiar ya empleado aquí que habla con su jefe para que contrate a un allegado que sigue en el país de origen.
- Contrato de trabajo firmado, de duración superior a 90 días e inferior a 5 años, que garantice actividad continuada durante toda la autorización
- Que el empleador presente y sostenga la solicitud (impreso EX-03) y esté al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- Superar la situación nacional de empleo: que la ocupación esté en el catálogo trimestral de ocupaciones de difícil cobertura del SEPE, o acreditar que no se pudo cubrir el puesto, o estar amparado por un acuerdo internacional
- En contratos a tiempo parcial, la retribución debe igualar o superar el SMI anual a jornada completa
- Antecedentes penales de los países de residencia de los últimos 5 años
Los papeles, uno a uno
- Impreso EX-03 firmado por el empleador
- Contrato de trabajo firmado (modelo oficial)
- Documentación de solvencia del empleador
- Documentación de la situación nacional de empleo
- Pasaporte en vigor (copia íntegra)
- Titulación o capacitación profesional
- Certificado de antecedentes penales
- Certificado médico
Hoja informativa oficial de este procedimiento
Lo que cambia según tu país
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Información orientativa. Los contenidos mostrados son una guía y deben contrastarse con las fuentes oficiales. Los tiempos pueden variar según el expediente y la administración competente. Esta plataforma no sustituye asesoramiento jurídico individual.